LaLey 10/2015, de 23 de diciembre , de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (Boletín Oficial del País Vasco núm. 3, de 7 de enero de 2016) regula los espectáculos públicos y las actividades recreativas que se desarrollen en el territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como las condiciones y requisitosElobjeto de este reglamento es la ordenación y el desarrollo del régimen jurídico de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos, incluidos en el ámbito de aplicación de la RealDecreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, y por la Ley urgentes en materia de espectáculos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que solucionó fragmentariamente el vacío legal,
Paralas instalaciones eventuales, portátiles o desmontables deberán cumplirse las condiciones técnicas siguientes: 1. Los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos deberán reunir las condiciones necesarias de seguridad, salubridad e higiene para evitar molestias al público asistente y a terceros y,
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LaLey 14/2010, de 3 de diciembre, de Espectáculos Públicos, Acti - vidades Recreativas y Establecimientos Públicos, ha sido desarrollada por Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el reglamento de la misma. Este reglamento prevé en su título VIII la normativa reguladora en materia de horarios.
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